Documentación obligatoria al circular

roberto flores

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Buenos días, gente

Una pregunta, o varías...¿con qué tipo de documentación es obligatorio circular con el coche? ¿se pueden llevar fotocopias de la original? ¿es obligatorio circular con el resguardo del pago del seguro?, etc., etc.

¡Muchas gracias!
 

Pinot

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Llevar el recibo del seguro ya no es obligatorio, al igual que no llevar el DNI contigo, lo de las fotocopias...no, se, no se...pero creo que no se puede... En su día no se podía ni siquiera plastificar el carnet de conducir..ese de papel color rosa...
 

jemas

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Ficha técnica y permiso de circulación. Las fotocopias son válidas si están compulsadas por un notario (unos 10-12€)
 

Juanra

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Se puede compulsar en la DGT también. Y sí, es obligatorio llevar originales o copia compulsada de la ficha técnica y permiso circulación.

"Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.

Artículo 9. Copias auténticas de documentos públicos administrativos
2. La expedición se solicitará al órgano administrativo o al Organismo público que emitió el documento original. Dicho órgano expedirá la copia previa comprobación en sus archivos de la existencia del original o de los datos en el contenidos."
 

CurroAG

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La tasa por compulsa notarial es de 3 euros por folio; no ha subido desde 1989 ... naturalmente, IVA aparte.
¿SAbe álguien cuál es la tasa que cobra la DGT?
 

ANTONIODELAOSSA

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El seguro no es obligatorio ante la Autoridad "en teoría", porque si no lo pueden comprobar los Sres Agentes en el momento del control por el terminal "cota", hay boletín de denuncia al canto.
Sin embargo, es obligatorio presentar el recibo de seguro obligatorio al ir a pasar ITV, al menos en Castilla-La Mancha.

Por experiencia casi a diario de mi actividad laboral, no escribo ésto por rellenar espacio. Rara es la semana que no recibo en mi despacho algún boletín de denuncia por no llevar vigente la ITV (y es absolutamente falso), o no presentar el recibo de seguro obligatorío (idem).
 

LM INFORMAT

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Rara es la semana que no recibo en mi despacho algún boletín de denuncia por no llevar vigente la ITV (y es absolutamente falso), o no presentar el recibo de seguro obligatorío (idem).

Deduzco que sino le enseñas los papeles, en vez de molestarse en buscar, empapelan directamente.

Aparte del recurso con las "evidencias", ¿no se puede hacer algo para empapelar al que denuncia en falso?
 

ANTONIODELAOSSA

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Tarancón (Cuenca)
Deduzco que sino le enseñas los papeles, en vez de molestarse en buscar, empapelan directamente.

Aparte del recurso con las "evidencias", ¿no se puede hacer algo para empapelar al que denuncia en falso?

Llevan fotocopias normales ó compulsadas por el ayuntamiento y no valen. Quieren ver o los originales ó los cotejados por el Notario, como bien decís más arriba. Lo curioso es que su "terminal Cota" está desfasado cuando piden la información desde el coche patrulla, porque he recibido denuncias "por carecer de la ITV desde el año 2008", curioso porque el sentido común de cualquier ser humano haría dudar de ese registro antes de denunciar a vehículos en carretera a diario para desarrollar una actividad profesional no van a estar tres años sin pasar ITV.

Eso de empapelar al que denuncia alegremente estaría bien, no sé si en este caso en concreto podría ser algo "inconstitucional", el presuntamente ser acusado de culpable de algo a los ojos de un Agente, que se limita a denunciar y luego hay que demostrar vía administrativa que ha denunciado erróneamente.

Me pregunto qué pasará en este caso, con las multas que hacen por falta de ITV o de Seguro a los coches que hay en la vía pública, y que los denuncían vía ese sistema fotográfico automático. Me han dicho que en Sevilla ya está en funcionamiento: un coche patrulla con una cámara instalada fotografiando todo lo que se le pone por delante.
 

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