Asesoría Jurídica (pincha sobre el nombre del documento para visualizarlo)
Documentos facilitados por:
BUFETE CARBONEL
C/ Juana Doña, 5, 3º A
28045 Madrid
I.- EXPLICACIÓN DE CÓMO EL CONSUMIDOR PUEDE INTERPONER UNA RECLAMACIÓN DE ARBITRAJE (ESCRITO DE DENUNCIA), ORGANISMOS COMPETENTES, ASISTENCIA A LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA Y EFECTOS DEL LAUDO QUE SE DICTE
- Reclamación ante las Juntas de Arbitraje para conseguir un Laudo Arbitral. Supuesto práctico
- Modelo de reclamación/denuncia ante la consejera correspondiente para conseguir la mediación o en su defecto la sanción administrativa a la empresa infractora. Supuesto práctico
- Relación de juntas arbitrales de consumo en España tanto a nivel nacional como autonómico
II.- DENUNCIA PENAL QUE PUEDE INTERPONER EL INTERESADO, ANTE EL JUZGADO PENAL CORRESPONDIENTE, POR PRESUNTO DELITO O FALTA, Y REFERIDO FUNDAMENTALMENTE A UNA ESTAFA. PROCEDIMIENTO A SEGUIR Y ESCRITOS PARA LLEVARLO A EFECTO
- Supuesto penal práctico
III.- PROCESO JUDICIAL DENOMINADO MONITORIO, MEDIANTE EL CUAL, EL PARTICULAR, SIN NECESIDAD DE LA PRECEPTIVA INTERVENCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR PUEDE INTERPONER UNA RECLAMACIÓN INICIAL HASTA UN MONTANTE DE 30.000 EUROS, POR DEUDAS DINERARIAS SIEMPRE QUE ÉSTAS CONSTEN DOCUMENTALMENTE. PROCEDIMIENTO A SEGUIR Y ESCRITOS PARA LLEVARLO A EFECTO
- Reclamación a través del proceso Monitorio
IV.- EXPLICACIÓN DE UNA RECLAMACIÓN JUDICIAL (EN VÍA CIVIL) Y RECLAMANDO HASTA LA SUMA DE 900 EUROS, SIN NECESIDAD DE ABOGADO NI PROCURADOR. ESCRITO DE RECLAMACIÓN, JUZGADO COMPETENTE Y PROCEDIMIENTO A SEGUIR Y ESCRITOS PARA LLEVARLO A EFECTO
- Proceso verbal civil
V.- INSTANCIA SOLICITANDO LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN
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VI.- CONTRATOS DE COMPRA - VENTA PARA LA ADQUISICION DE UN VEHICULO
- Contrato de Compra-Venta entre un profesional y un particular, anexo de garantía, según la Ley
- Contrato de Compra-Venta entre particulares
VII.- CREACIÓN DE UN CLUB O ASOCIACIÓN. NORMAS Y DOCUMENTACIÓN
- Acta Fundacional
- Redacción de estatutos
- Solicitud de inscripción de nueva asociación de ámbito nacional
VIII.- INSTANCIA COMUNICANDO A LA JEFATURA CENTRAL DE TRAFICO EL ITINERARIO A SEGUIR CUANDO SE TRATE DE UNA CONCENTRACION O EVENTO QUE REUNA A UN NUMERO INDETERMINADO DE VEHICULOS (MAS DE 3)
- Siempre que un Club, Agrupación, Asociación, etc. de vehículos desee realizar una ruta determinada, y losque se reúnan sean tres o más automóviles, deberán poner en conocimiento de la Jefatura Central de Tráfico tal evento, comunicándolo mediante una instancia cuyo texto se adjunta
IX.- LEGISLACIÓN BÁSICA QUE AFECTA AL AUTOMÓVIL Y AL USUARIO
- Ley 26/1984, de 19 de Julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
- Ley 23/2003 de 10 de Julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo
- Ley 28/1998 de 13 de Julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles
* Hay que tener en cuenta que el Automóvil se considera como un bien mueble.
- Ley 7/1998 de 13 de Abril sobre Condiciones Generales de la Contratación
- Ley 60/2003 de 23 de Diciembre de Arbitraje
- Ley 7/1995 de 23 de Marzo, de Crédito al Consumo
- LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA QUE AFECTA AL AUTOMÓVIL
- Real Decreto 1457/1986 de 10 de Enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los Talleres de Reparación de vehículos, automóviles, de sus equipos y componentes
- Real Decreto 837/2002 de 2 de Agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en Arrendamiento Financiero en territorio Español
- LEGISLACIÓN AUTONÓMICA REFERIDA A LOS CONSUMIDORES
- Ley de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid
X.- MATRÍCULAS ESPAÑOLAS
- La relación de matrículas por provincias, desde la primera hasta 1995
XI.- INFORMACION, GARANTIAS, DERECHOS Y RECLAMACIONES DE USUARIOS DE TALLERES DE RECLAMACIÓN DE AUTOMÓVILES
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