Peyo
Miembro bien conocido
Pero lo que es un sinsentido, por no decir que es un disparate, es que a partir del 2.024 no pueda circular por Madrid y tenga que pagar el impuesto de CIRCULACIÓN. Tampoco voy a tirar el coche, tiene 60.000 km (era de mi suegra) y nos sigue prestando un buen servicio.
El IVTM o impuesto sobre vehículos de tracción mecánica no grava la circulación de los vehículos por las vías públicas, lo que grava es la titularidad de vehículos a motor aptos para la circulación por vías públicas, tal y como dispone el artículo 92.1 del RD Leg 2/2004, conocida familiarmente como Ley de Haciendas Locales. Vamos, que el hecho que te obliga a pagar es ser propietario, uses o no el vehículo, lo hagas por tu ciudad o por el Desierto de Gobi y no tiene nada que ver con el desgaste, uso, deterioro o derecho a circular por las calles del municipio.
Como bien se ha dicho, el impuesto se liquida en la localidad donde conste el domicilio del dueño en el registro de la DGT ya que ésta es la que envía cada año a los respectivos organismos recaudadores municipales la matrícula de vehículos censados. Por tanto, para pagar el IVTM en cierto pueblo primero hay que empadronarse allí y seguidamente notificarlo a la DGT para que a la fecha de devengo del impuesto del año siguiente (el devengo siempre es el 1 de enero, artículo 96.2), el ayuntamiento donde uno se acaba de empadronar, pueda girar el recibo y al "viejo" ayuntamiento no le aparezca ese coche en el censo. Ojo a lo que dice @MIG : empadronarse en otro municipio residiendo de manera efectiva en otro puede conllevar molestias, perjuicios o inconvenientes. La solución podría ser que una vez hecho todo lo anterior, el interesado vuelva a empadronarse donde reside realmente y no deshacer el cambio en la DGT. De esta forma, se cometería cierta irregularidad al tener empadronado el coche donde interesa pagar menos, estar la persona empadronada donde reside, aún a costa de que cualquier notificación de la DGT o multa se enviaría al domicilio que a ellos les consta. Atención de todas formas a los que se deduzcan hipoteca por adquisición de vivienda habitual, que perderían el derecho.
A título personal, llevo unos meses dándole vueltas a hacer justamente lo que he descrito para evitar pagar el dichoso impuesto sobre emisiones de CO2 que se ha sacado de la manga la Generalitat de Cataluña. En mi próximo viaje al pueblo, en Almería, creo que voy a empadronarme.