Dudas sobre remolque

Caracol2

Miembro
Registro
28 Feb 2011
Mensajes
449
Me gusta
15
Creo que ya sé dónde está el entuerto del tema:
He encontrado el R.D. y no especifica las dimensiones de carga para remolques, creo que la discrepancia está en que unos agentes se agarran al primer párrafo del artículo (la carga no puede sobresalir del perimetro) y otros consideran el remolque como vehículo independiente del vehículo tractor, con lo que sería de aplicación todo el capítulo, entonces sí que puede sobresalir:


Art. 15 del RD 1428/2003 por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.



Artículo 15. Dimensiones de la carga

1.La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

· a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

1. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

2. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

· b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida.

Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del galibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.
 

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
Pues leyendo detenidamente la legislación, cualquier remolque ligero documentado como el de mi foto es un vehículo destinado exclusivamente a transporte de mercancías, y por tanto, ha de aplicarse el artículo 2 A 2.

El que un Agente se "agarre" al primer párrafo del artículo 15.1, no tiene ninguna lógica y ha de rebatirse en el momento, ya que ese mismo párrafo continúa con la frase salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes

Por otra parte, y siendo más quisquillosos, y quizá sea la interpretación del Guardia que te lo dijo, cuando un coche circula arrastrando un remolque (y más un remolque ligero que carece de matrícula...) se le considera un conjunto de vehículos y a efectos de circulación, un sólo vehículo. En ese caso, estaríamos ante "un vehículo no destinado exclusivamente al transporte de mercancías de más de 5 metros", ya que puede transportar personas (el coche) y mercancías (el remolque) y la longitud total de cualquier coche con cualquier remolque ligero supera los 5 metros. Podríamos transportar carga sobresaliente sólo por la parte trasera del remolque un 15% de la longitud total (en el caso de mi foto 1,15 metros), pero por la parte delantera del coche no podría sobresalir nada.... Pero si te aplica eso, ese Guardia se contradice a sí mismo, ya que la carga no sobresale por delante del coche sino está entre medias (está considerando un sólo vehículo...) y si considera que sobresale por la parte delantera del remolque es que "divide" los 2 vehículos, ergo volvemos al artículo 2 A 2.

Es como la escusa peregrina de que "la carga que sobresale por delante" puede causar daños en giros, rotondas o vías de doble sentido. Claro, y la carga que sobresale por detrás también y ésta no la ves con la misma perspectiva que la delantera, y la carga que sobresale del techo en una furgoneta también... Lo que realmente causa daños es la carga mal estibada o inadecuadamente colocada por peso o dimensiones

Por otra parte, el "portaescaleras" es un accesorio común y disponible en cualquier remolque, camión, o furgoneta con caja abierta para que sobresalga la carca por delante, ergo, es para utilizarlo...
 
Última edición:

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
Lo que expones de la carga siempre entendí que se trata para camiones (o furgonetas con caja abierta, que se tratan como camiones), y vehículos articulados (trailers), pero que en remolques la carga no podía sobresalir del perímetro del mismo.
.

No entiendo el porqué haces esa distinción.
En una furgoneta de caja cerrada también puedes cargar algo que sobresalga por las puertas traseras, respetando la legislación. O encima de la baca.
En un camión tráiler habrás visto que algunos llevan las puertas traseras abiertas para transportar vigas que sobresalen por detrás, igual que el caso de la furgoneta
La caja de un camión tráiler es un "semirremolque". También hay muchos camiones rígidos con caja abierta de dos o tres ejes, que llevan enganchado detrás un remolque de caja abierta de dos o tres ejes.
Y en todos estos casos: furgonetas (sin ser acristaladas), camiones, semirremolques, remolques y remolques ligeros de turismo, son vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías

Lo que es muy difícil de ver es carga sobresaliente en camiones rígidos con remolque porque éstos ya van carrozados a la medida máxima de la legislación (18'75 metros) precisamente para aprovechar el mayor volumen disponible, y por ello ya no pueden sobrepasar esa medida con carga sobresaliente en ningún lado, salvo las autorizaciones de transportes especiales, que creo recordar pueden llegar a los 25 metros (ó más): el caso de los camiones con remolque que llevan encima coches, que vemos todos los días, que además están autorizados "per sé" a 20 metros y pico (no recuerdo la cifra) y que si llevan la autorización especial los vemos arrastrando por detrás en voladizo un coche entero con la placa V20.
 

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
Art. 15 del RD 1428/2003 por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.



Artículo 15. Dimensiones de la carga

1.La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

.

Coño, el propio artículo 1 considera que no se puede sobrepasar la cabeza del animal con su misma anchura (del vehículo), y el Guardia que te lo dijo no considera el parachoques delantero del coche.... ese guardia tendría la cabeza en el culo pegada a la lanza del remolque.
 

Caracol2

Miembro
Registro
28 Feb 2011
Mensajes
449
Me gusta
15
Hola, Antonio, creo que lo has bordado:

"Por otra parte, y siendo más quisquillosos, y quizá sea la interpretación del Guardia que te lo dijo, cuando un coche circula arrastrando un remolque (y más un remolque ligero que carece de matrícula...) se le considera un conjunto de vehículos y a efectos de circulación, un sólo vehículo. En ese caso, estaríamos ante "un vehículo no destinado exclusivamente al transporte de mercancías de más de 5 metros", ya que puede transportar personas (el coche) y mercancías (el remolque) y la longitud total de cualquier coche con cualquier remolque ligero supera los 5 metros. Podríamos transportar carga sobresaliente sólo por la parte trasera del remolque un 15% de la longitud total (en el caso de mi foto 1,15 metros), pero por la parte delantera del coche no podría sobresalir nada.... Pero si te aplica eso, ese Guardia se contradice a sí mismo, ya que la carga no sobresale por delante del coche sino está entre medias (está considerando un sólo vehículo...) y si considera que sobresale por la parte delantera del remolque es que "divide" los 2 vehículos, ergo volvemos al artículo 2 A 2."

Sin dar mas vueltas al asunto, es una pena que los legisladores que tenemos NUNCA dejen las cosas claras, dando lugar a varias interpretaciones que llevan a confusión, con lo fácil que sería haber incluido un apartado para los remolques.
Saludos.
 

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
Sin dar mas vueltas al asunto, es una pena que los legisladores que tenemos NUNCA dejen las cosas claras, dando lugar a varias interpretaciones que llevan a confusión, con lo fácil que sería haber incluido un apartado para los remolques.
Saludos.
Tienes razón, aunque en este caso no sea tan confuso como en otros. Eso sí, el Guardia de turno ha de estar "predispuesto" a entender el artículo y todas sus variantes, y no predispuesto a sancionar a cualquier precio, cosa que lamentablemente es habitual cuando hay coche+remolque controlado.
De todas formas, poniéndose en el papel de los Guardias, hay de cada "individuo" llevando remolques detrás que dá miedo verlos, a ellos, a los remolques y a los perros o caballos que a veces transportan dentro. Poco pasa para cómo circulan muchos de los domingueros con remolque.

Tampoco entiendo como se puede autorizar a llevar determinadas caravanas "ligeras" sin un carnet especial y una formación real. Todos los que hemos llevado caravana alguna vez sabemos de las inercias, de la falta de visibilidad y de lo sensibles y traicioneras que son con viento. Para nada tienen que ver con un remolque "perrero" o con un "portacoches con coche encima"
 

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
Por otra parte, el "portaescaleras" es un accesorio común y disponible en cualquier remolque, camión, o furgoneta con caja abierta para que sobresalga la carca por delante, ergo, es para utilizarlo...

Ayer hubo un accidente múltiple en la autovía A42, en la zona de Illescas dirección Madrid.
En las imágenes del noticiero, se vé que uno de los vehículos accidentados es un camión ligero con carrocería de caja abierta, y lleva un poste o farola sobresaliendo por encima de la cabina hacia delante en el lado izquierdo. A pesar de lo aparatoso y de los daños, el poste no impactó contra ninguno de los vehículos implicados (afortunadamente)
 

ANTONIODELAOSSA

Miembro bien conocido
Registro
23 Abr 2003
Mensajes
8.666
Me gusta
8.973
Ubicación
Tarancón (Cuenca)
El mueve carros (o como queramos llamarlo) es una gran ayuda cuando hay barro. Sin él, hoy no hubiese podido mover el remolque pequeño, porque si meto la furgoneta a donde estaba estacionado, ahora mismo tendría una isla-estafette en la alcarria conquense. Obsérvese cómo están de barro las ruedas del remolque y del movedor....

Ver archivo adjunto 89558

Refloto este tema para recomendar un artilugio de éstos (el mueve carros) porque evita trabajo y penurias innecesarias cuando hay que mover un remolque en terreno no asfaltado.
La única salvedad, es que las ruedas neumáticas que incorpora son "chinas" y a los cuatro días están cuarteadas y las cámaras pinchadas. La solución, económica donde las haya, por unos 30 euros, es sustituir esas 2 ruedas por otras de fabricación nacional que no llevan cámara pero son blandas, se encuentran de varias medidas en las ferreterías grandes, siguen teniendo el tacto y blandura de la goma, porque si ponemos ruedas rígidas o de plástico duro, perdemos parte de las prestaciones del artilugio en terreno blando.
 

Alex Juárez

Miembro bien conocido
Registro
24 Oct 2015
Mensajes
1.710
Me gusta
2.602
Ubicación
Navahondilla
Refloto este tema para recomendar un artilugio de éstos (el mueve carros) porque evita trabajo y penurias innecesarias cuando hay que mover un remolque en terreno no asfaltado.
La única salvedad, es que las ruedas neumáticas que incorpora son "chinas" y a los cuatro días están cuarteadas y las cámaras pinchadas. La solución, económica donde las haya, por unos 30 euros, es sustituir esas 2 ruedas por otras de fabricación nacional que no llevan cámara pero son blandas, se encuentran de varias medidas en las ferreterías grandes, siguen teniendo el tacto y blandura de la goma, porque si ponemos ruedas rígidas o de plástico duro, perdemos parte de las prestaciones del artilugio en terreno blando.


Es uno de los artilugios "pendiente" para hacer...pues estoy en la misma situación y mis riñones no dan a basto.
 

TXIS

Miembro bien conocido
Registro
28 Ago 2002
Mensajes
1.255
Me gusta
212
Ubicación
Guecho
¡Faltaría más!

Enchufándolo al coche los leds hacen la función de las luces del remolque. Se puede por tanto comprobar que el enchufe funciona como debe, que es lo que nos van a mirar en la ITV: intermitentes, posición, antiniebla... Para comprobar que manda corriente al frenar necesitaremos ayuda, o algo que pese para 'apretar' el pedal de freno (con una caja de herramientas lo suelo hacer yo).

Y para enchufarlo al remolque hace falta ponerle la pila de 9 voltios que mencioné, y apretar el pulsador lateral amarillo. Si todo está bien los leds se iluminan a la vez que apretamos el pulsador. Si alguno no se ilumina es que hay algún problema: la lámpara, el portalámparas o el cableado.
Los pilotos del remolque no se iluminan durante la comprobación.
Supongo que vale sólamente para pilotos con lámparas tradicionales, que no sean led.
Las veces que lo he probado no me ha dado fallo de ninguna bombilla, a ver si un día de estos hace menos frío y en un rato le quito a propósito una lámpara para comprobar que el led correspondiente no se ilumina....

Mi coche "convencional" tiene desde 2005 bola de remolque homologada y obviamente enchufe y pasa desde 2009 (por edad, es de 1999) ITV anual. Siempre voy a la ITV en plazo y jamás han verificado que funcionase el enchufe para el remolque.
 

Arriba