Acceso a ClassicMadrid de vehículos con etiqueta ambiental A
El acceso de vehículos clásicos/históricos al pabellón de Cristal y su entorno con motivo de ClassicMadrid está regulado por la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible en vigor.
La implantación completa de Madrid Zona de Bajas Emisiones comenzó el pasado 1 de enero de 2025. A partir de esa fecha, entraron en vigor las restricciones a la circulación en todo el término municipal que aún no se aplicaban a los vehículos con clasificación ambiental A. Estas nuevas restricciones afectan a los propietarios de estos vehículos empadronados en la capital o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM); a las motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los del municipio de Madrid.
No obstante, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido un periodo de 12 meses para informar a los ciudadanos. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 los conductores afectados y detectados por las cámaras recibirán una comunicación por carta a su domicilio de carácter informativo (preaviso), pero no serán sancionados.
Asimismo, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido tres nuevos tipos de autorizaciones de acceso temporal, que se suman a las exenciones para vehículos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR), vehículos históricos y vehículos de emergencia y Fuerzas Armadas. Así pues, podrán circular también por Madrid:
- 1.
- Los autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años o más (cumplidos en 2025) para los que, al menos, el 50 % de su flota sea vehículos A de más de 3,5 toneladas.
- 2.
- También estarán exentos los titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios.
- 3.
- Se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo hayan recibido todavía.
Recordamos que, desde el 1 de enero de 2024, los turismos con clasificación ambiental A residentes fuera de Madrid que sean interceptados por las cámaras serán sancionados. Los accesos no autorizados y detectados serán denunciados y sancionados con multa grave por importe de 200 euros.
En la actualidad, los vehículos con etiqueta B o C, pueden entrar y circular por Madrid casi sin restricciones. Estas se aplican exclusivamente a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro y Plaza Elíptica. Aquí, el paso está permitido, pero siempre y cuando se estacione en un aparcamiento, independientemente de si es público o privado.
RESUMEN
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Turismos de residentes con clasificación ambiental A que, a fecha del 1 de enero de 2022 y de forma continuada hasta la actualidad, se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid y figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del ayuntamiento de la ciudad. En este caso se enviará notificación de preaviso sobre la infracción cometida, pero no se cursará sanción.
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Motocicletas y ciclomotores con clasificación A de residentes y no residentes en la ciudad de Madrid. En este caso se enviará notificación de preaviso sobre la infracción cometida, pero no se cursará sanción.
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Furgonetas y camiones con clasificación A de residentes y no residentes en la ciudad de Madrid. En este caso se enviará notificación de preaviso sobre la infracción cometida, pero no se cursará sanción.
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Vehículos de no residentes autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años (cumplidos en 2025) en adelante para los que, al menos, el 50 % de su flota sea vehículos A de más de 3,5 toneladas. Estos vehículos tienen autorización temporal para circular y no recibirán preaviso y, por lo tanto, tampoco serán sancionados.
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Vehículos sin etiqueta cuyos titulares o familiares los necesiten para el traslado a centros médicos y hospitalarios, previo registro municipal. Estos vehículos tienen autorización temporal para circular y no recibirán preaviso y, por lo tanto, tampoco serán sancionados.
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Vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que, por cuestiones de fabricación, no lo hayan recibido todavía. Estos vehículos tienen autorización temporal para circular y no recibirán preaviso y, por lo tanto, tampoco serán sancionados.
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Vehículo con clasificación ambiental A que tenga reconocida la consideración de ‘histórico’ conforme al Reglamento de Vehículos Históricos. Exentos de cumplimiento de la norma municipal.
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Vehículos especialmente adaptados por ser conducidos por o para trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ZBE y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida. Exentos del cumplimento de la norma municipal.
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Los vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas. Exentos del cumplimento de la norma municipal.
Para cualquier aclaración adicional, puede contactar con la “Red de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid” llamando al número 010 si llama desde la ciudad de Madrid y a través del número 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera, con el prefijo 34 si llama desde fuera de España.
ENLACES DE INTERES
Información actualizada del Ayuntamiento de Madrid relativa a Madrid Zona de Bajas Emisiones. Incluye enlaces a toda la normativa en vigor.
Nota de prensa del Ayuntamiento de Madrid con audio del delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante
Madrid concederá un periodo de aviso de un año para la restricción de acceso a los vehículos A y detalla las excepciones autorizadas
El 1 de enero comienza la implantación completa de Madrid Zona de Bajas Emisiones
https://diario.madrid.es/blog/notas-de-prensa/madrid-concedera-un-periodo-de-aviso-de-un-ano-para-la-restriccion-de-acceso-a-los-vehiculos-a-y-detalla-las-excepciones-autorizadas/
https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/El-Ayuntamiento/Todas-las-noticias/Madrid-concedera-un-periodo-de-aviso-de-un-ano-para-la-restriccion-de-acceso-a-los-vehiculos-A-y-detalla-las-excepciones-autorizadas/?vgnextfmt=default&vgnextoid=68bab31207ab3910VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel= e40362215c483510VgnVCM2000001f4a900aRCRD
Video del Ayuntamiento de Madrid relativo a la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno del 12 de diciembre de 2024. Incluye intervención del delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, informando del periodo de preaviso en la aplicación de Madrid Zona de Bajas Emisiones
https://www.youtube.com/live/CU8dZi-Tnaw
Información del Ayuntamiento de Madrid sobre Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)
https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones-ZBE-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=93e63877029eb710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=d2d2edf0f7 0ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid
Resolución de 23 de diciembre de 2024 de la directora general de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece el período de aviso de las cámaras con lector OCR y los dispositivos foto rojo para el control de Madrid Zona de Bajas Emisiones, respecto de los vehículos con clasificación ambiental “A” que no se han beneficiado de los cuatro periodos de aviso previos.
https://sede.madrid.es/FrameWork/generacionPDF/boam9786_4583.pdf?numeroPublicacion=9786&idSeccion=2 722fbf5a03f3910VgnVCM2000001f4a900aRCRD&nombreFichero=boam9786_4583&cacheKey=77&guid=ca48ce2 e879d3910VgnVCM2000001f4a900aRCRD&csv=true
Ayuntamiento de Madrid. Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018
https://sede.madrid.es/eli/es-md-01860896/odnz/2018/10/23/(1)/con/20230924/spa/html
Gobierno de España. Reglamento de Vehículos Históricos Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre
https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/09/10/892/con