el bielas
Miembro bien conocido
Hola a todos.
Pero al margen de contaros está desagradable historia quiero que algún experto me diga si en realidad yo tenía razón con lo del acondicionamiento interior que está exento tengo unos cuantos vehículos históricos más antiguos y jamás se ha sentado un operario dentro del coche para hacer comprobaciones.
Hasta donde me atrevo, cuando se cataloga un vehículo como VH, se deja anotado en la ficha técnica qué exenciones son de aplicación. Al menos, así en los vehículos que he tramitado y de nueva placa (si heredar placa provincial), en los cuales hay una serie de líneas en las observaciones de la ficha. El último vehículo que tramité, de 1928, está exento de prácticamente casi todo, y lo del acondicionamiento interior no figura como término genérico. En los que han pasado por mis manos, nunca he oído hablar de exención del acondicionamiento interior citado de este modo, sí elemento por elemento.
Y, como digo, todas las exenciones deberían estar recogidas en la tarjeta.
Por otra parte, cuando pienso en qué aplicaría la exención del acondicionamiento interior, conforme al manual de inspección de ITV, consiste en elementos como: asientos y cinturones de seguridad, antirrobo y alarma, antihielo y antivaho, campo de visión, indicador de velocidad, salientes interiores, y poco más. Alguno de estos elementos de manera independiente, claro que puede estar exento. Pero yo los he visto nombrados uno por uno, cuando los he visto citados (velocímetro o cinturones, por ejemplo).
Así que yo creo que en ese punto no tendrías mucho que discutir con el inspector...