Ante el Plan AIRE, ¿pedir asamblea extraordinaria a FEVA?

Manolo Darth Russell

Miembro bien conocido
Registro
15 Sep 2004
Mensajes
7.118
Me gusta
134
Ubicación
Magerit
Señores de
somos muchos

esperando.
 

Pedro G

Miembro bien conocido
Registro
8 Abr 2003
Mensajes
1.107
Me gusta
31
Ubicación
MADRID
Estimados; el parque de vehículos en circulación a finales del año 3012 debe haber estado cerca de los 31.400.000 vehículos, de los que catalogados como históricos no hay más de 22.000 unidades y vehículos de época sin catalogar, ¿ponemos 440.000? Es decir que somos un colectivo que representa el menos del 1,5% del parque en circulación, de todas formas he enviado mis alegaciones a la Federación Española de Municipios, más por "no dejar de hacerlo" que por pensar que sirva para algo, hoy día 10 es el último día.

En cuanto a que FEVA convocara una Asamblea general Extraordinaria para discutir el asunto con sus más de 300 clubes afiliados..... ¿Cuantos iban a acudir si en las Asambleas Generales no estamos representados más de seis clubes?

Os ruego disculpas por el tocho que a continuación me permito exponer:

Atendiendo a lo que indica el borrador del Plan AIRE, me centro en dos de sus objetivos; OHR 12 y 12.1:

Objetivo OHR 12: Descripción:
A pesar de las medidas medioambientales que se vienen adoptando en los últimos años, la calidad del aire, fundamentalmente en los centros urbanos más importantes, continúa incumpliendo en muchos casos de los estándares regulados.
Esta reflexión nos lleva a concluir que es preciso abordar este problema utilizando
instrumentos hasta ahora no considerados. En efecto, las emisiones de los sectores difusos (no sujetos al régimen europeo de comercio de derechos de emisión) constituyen uno de los problemas más graves a los que se enfrenta el gobierno español, especialmente las derivadas del transporte, incidiendo además sobre la calidad del aire.
Las emisiones de gases de efecto invernadero debidas a estos sectores difusos escapan al mecanismo de mercado de derechos de emisión, por lo que el Estado es responsable ante las autoridades comunitarias de las mismas y esto lleva a realizar desembolsos cuantiosos con cargo a los presupuestos generales del Estado.
Por todo lo anterior, se hace urgente internalizar estos costes en aplicación del principio de "quien contamina paga" al objeto de cambiar el comportamiento de los productores de bienes y servicios y de los consumidores.

Objetivo OHR 12.1: Descripción:
La presente actuación propone la modificación del impuesto de circulación al objeto de que su gravamen no se calcule en función de la potencia fiscal de los motores si no del grado de contaminación de los mismos en términos de emisiones de CO2, NOX y partículas.
Dado que este impuesto constituye un ingreso en las entidades locales se hace preciso que su diseño se acuerde con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) partiendo de la base de que ningún ayuntamiento pierda ingresos por aplicación del nuevo impuesto.
La estructura impositiva podría seguir el mismo esquema que en el caso del Impuesto de matriculación considerándose, no obstante, que se trata de un impuesto de periodicidad anual y que el mismo debería gravar más a los vehículos que por su antigüedad producen mayores emisiones a la atmósfera, elemento fácil de establecer en función de la entrada en vigor de las diferentes normativas Euro. Entendemos que en este impuesto no deberían tenerse en consideración argumentos de carácter social ya que su justificación es meramente ambiental y las medidas de política social deben reservarse para otros instrumentos económicos.
Partiendo de la base de que todos los municipios no sufren los mismos problemas debidos a la contaminación atmosférica, porque ello depende del parque de automóviles existente en cada uno de ellos (la contaminación atmosférica no reviste la misma gravedad en ciudades como Barcelona, Madrid o Sevilla que en centros urbanos poco poblados), debería establecerse un tipo impositivo mínimo y otro máximo permitiendo a los ayuntamientos un cierto margen de maniobra para elegir el tipo aplicable y, en consecuencia, permitir que aquellos que soportan una mayor contaminación puedan desincentivar el uso de vehículos aplicando el tipo más elevado.

Por todo lo anterior esta medida plantea la creación de un grupo de trabajo para estudiar la viabilidad de la modificación del impuesto de circulación.

La Tabla 3.2.- Objetivos específicos y medidas sectoriales, indica las que nos afectan directamente:
TRA5: Creación del marco normativo estatal para la implementación de Zonas
de Bajas Emisiones
TRA6: Implementación de un sistema de clasificación de vehículos en función
de su potencial contaminador.

En el momento actual la única referencia que tenemos de aplicación de in impuesto en relación con las emisiones de CO2 está en el impuesto de matriculación, variable entre el 0 y el 14.75% en concepto de Impuesto de Matriculación basado en las emisiones de CO2 homologadas del vehículo.

0% Emisiones inferiores o iguales a 120 g/km de CO2
4.75% Emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2
9.75% Emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km de CO2
14.75% Emisiones mayores o iguales de 200 g/km de CO2

Al desconocerse las emisiones de un vehículo de más de 25 años que se va a matricular como histórico, el 14,75% no se aplica sino que en su lugar se graba directamente con un 12% si no recuerdo mal. Pienso que el IVTM al que se hace referencia acabará contando con unos escalones similares a estos, sin que por el momento me pueda a atrever a pronosticar los importes, que como es habitual dependerán de lo que decida cada Ayuntamiento.

A mayor abundamiento, en este sentido el pasado mes de diciembre la Comisión Europea presento un documento destinado a clarificar las reglas de la UE en materia de imposición de los vehículos y ha recomendado una serie de medidas en vista de unificar el mercado único impositivo en lo que a los vehículos se refiere.

Entre otras medidas el documento recomienda a los Estados a implantar una estructura de impuestos a los vehículos particulares basada en los niveles de emisión de CO2, más que en criterios tecnológicos específicos, como por ejemplo; la cilindrada del motor. Tal y como es ya el caso en un número creciente de países europeos y se contempla en el borrador del Plan.

Se ha publicado recientemente por el TNO (Instituto de investigación aplicada de Holanda) un informe que ha demostrado que un tercio y la mitad de los valores de emisiones de CO2 que declaran los fabricantes para los vehículos nuevos, entre los años 2002 y 2010, no so exactas al existir lagunas en los procedimientos de la UE que permiten sortear determinados aspectos a la hora de calcular los niveles de emisiones de CO2 homologados. Por lo que el grupo de T&E de medioambiente ha solicitado que se realicen ensayos puntuales sobre los vehículos para comprobar, con ensayos en carretera, si sus emisiones responden o no a las homologadas.

FIVA, dentro del “procedimiento de consultas de la UE”, también en el pasado mes de diciembre, ha respondido a una serie de cuestiones relacionadas con las zonas de bajas emisiones – ZBE - y zonas de congestión, argumentando que “el vehículo histórico” debería ser reconocido considerado distinto de un “vehículo viejo”, en razón a su uso limitado, su mayor nivel de mantenimiento al que le someten sus propietarios, su mayor seguridad y el valor cultural que representan, por tanto los vehículos históricos no deben sufrir de manera directa el impacto de las ZBE, más teniendo en cuenta de que ya están exentos de su cumplimiento de determinados estados de la UE, del modo que esta buena práctica sea aplicada, de forma coherente, en el conjunto de la UE.

¿Cuales son los criterios a establecer en una ZBE?; Desde julio del pasado año, se ha iniciado un proceso de estudio en ocho grandes ciudades francesas a este respecto - Paris, Saint-Denis, Lyon, Grenoble, Clermont-Ferrand, Bordeaux, Nice et Aix-en-Provence – para poner en marza ZBE, en las que no se permitirá la circulación de los vehículos más contaminantes, no nos referimos a las emisiones de CO2 sino a las partículas finas y otros contaminantes. La reglamentación se basa en la aplicada, de una u otra forma, en más de 180 ciudades de la UE y que establece cuatro categorías; de la A, la que más contamina, a la D, la que menos. Afecta – en Francia – a todos los automóviles fabricados con anterioridad al 30 de septiembre de 1997, a las motocicletas fabricadas con anterioridad al 30 de junio de 2004 y a los vehículos pesados y autobuses fabricados con anterioridad al 1º de octubre de 2001. Quedando a criterio de las ciudades delimitar; el área de aplicación, los horarios y los periodos de aplicación. Estas zonas de baja emisión existen desde hace tiempo en; Estocolmo que fue pionera allá por el año 1996, Londres, Copenhague, Praga, Berlín y otras 42 ciudades más de Alemania. En Francia por el momento no están exentos de estas restricciones los vehículos con permiso de circulación de colección aunque esperan que se llegue a una solución idéntica a la alemana que exime a todos aquellos vehículos que lleven una placa de matrícula “oldtimer” y a la del Reino Unido, en ese mismo sentido.

Y si con todo esto el Plan AIRE ya tiene fechas en España, ¿como vamos a poder sobrellevarlo?, en primer lugar lo que parece claro es que para poder acogerse a una futura exención, tanto en el IVTM que se pueda determinar como en las restricciones a la circulación a través de las ZBE, no va a ser solo posible en base a la edad del vehículo, más de 30 años, sino entiendo será preciso que se obtenga previamente el grado de “vehículo de interés histórico” tal y como que se define dentro del Reglamento ROAD WORTHINESS, o de control técnico que va a reemplazar a la Directiva de 1996 y dentro de ella es de capital importancia la definición final que se adopte para el “vehículo de interés histórico”.

El pasado 20 de diciembre los Ministros de Transporte de la UE alcanzaron un “acuerdo amplio” sobre el Reglamento, El Consejo de Transportes ha designado a tres Diputados para elaborar antes de finales de marzo una propuesta al Consejo, que en realidad son tres propuestas, una por cada unos de los Grupos. En paralelo el Grupo EP del Parlamento Europeo ha tratado el 22 de enero la cuestión central que nos afecta, “que se entiende en el Reglamento por vehículo de interés histórico”. Debiéndose ratificar el Reglamento en su redacción definitiva por el parlamento y la Comisión antes de finales de julio.

La definición actual es la siguiente: 7) “vehículo de interés histórico”, todo vehículo que el estado miembro de matriculación o uno de sus órganos autorizados designados, considere histórico y que reúna las condiciones siguientes:
- fue fabricado o matriculado por primera vez con una anterioridad de 30 años como mínimo.
- su tipo específico ha dejado de producirse.
- está en su estado original y no ha sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales, como motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería.

Esta definición va a ser sin duda enmendada, especialmente en contra de ella está el Gobierno del Reino Unido, entiendo que deberá incluir en su último párrafo la validez de las “modificaciones en la época y de época”. Esperemos que sea así y que además, el criterio de la UE de que los países miembros apliquen en su respectivo territorio los mismos niveles de exigencia legal, las exenciones en vigor en Alemania y en el Reino Unido nos van a beneficiar a todos, siempre y cuando el vehículo sea considerado histórico por el estado miembro de matriculación o uno de sus órganos autorizados designados, "THE MOTHER OF THE LAMB”, pero esto es otra cuestión y no menos importante.

Salu2
 

Adjuntos

  • LOGO AVHVI_R1.JPG
    LOGO AVHVI_R1.JPG
    18,4 KB · Visitas: 0

JESUS

Miembro bien conocido
Registro
6 Oct 2002
Mensajes
4.708
Me gusta
169
Ubicación
Trastonao y residente en el Páramo leonés
Muchas gracias Pedro por el tocho.

Entiendo que solo se salvaran de la quema en España los que tengan una matrícula histórica.
Me gustaría saber si en paises como Francia o Inglaterra (ya que los mencionas) la categoría "vehículo de colección" que aparece en su ficha técnica implica una matricula especial como aqui. Pues me dá en la nariz que no, que simplemente cuando cumplen la edad requerida pasan a ser vehículos de coleccion sin mas gastos que quizá solicitarlo por su propietario y no como aqui, que a decir verdad es un buen pellizco.

Por eso creo que además se debería luchar por simplificar y abaratar los trámites en este pais.

Un saludo.
 

Manolo Darth Russell

Miembro bien conocido
Registro
15 Sep 2004
Mensajes
7.118
Me gusta
134
Ubicación
Magerit
Muchísimas gracias Pedro por todas las informaciones, así como por las alegaciones al Plan Aire de los ...ojones, y sobre todo por tu alto grado de "sapiencia" en este mundillo clasiquil.

Ójala la feva (en minúsculas) estuviera llena de gente como tú; mejor nos iría.
 

franek

Moderador
Registro
28 Ago 2002
Mensajes
16.982
Me gusta
4.317
Ubicación
Barcelona et al.
Me gustaría saber si en paises como Francia o Inglaterra (ya que los mencionas) la categoría "vehículo de colección" que aparece en su ficha técnica implica una matricula especial como aqui. Pues me dá en la nariz que no, que simplemente cuando cumplen la edad requerida pasan a ser vehículos de coleccion sin mas gastos que quizá solicitarlo por su propietario y no como aqui, que a decir verdad es un buen pellizco.

Sobre el caso francés se estuvo hablando bastante (con la mente en "las barbas del vecino pelándose") aquí:
http://www.foro.pieldetoro.net/foros/showthread.php?t=129654
 

JESUS

Miembro bien conocido
Registro
6 Oct 2002
Mensajes
4.708
Me gusta
169
Ubicación
Trastonao y residente en el Páramo leonés
Gracias Franek me has refrescado la memória.
Una vez leido de nuevo el tema quisiera hacerme eco de la propuesta de Nuestro Presidente Pedro G de utilizar Caranzón "N" Edicición como plataforma para una charla coloquio sobre la situación de los zarrios en este pais.

Asi que como veo que la convocatoria de Tarazona 2013 aun no ha saltado al foro voy a ponerme en contacto con los dos implicados en este tema para que unan fuerzas y que la primera concentración expontánea de nuestro pais sea ahora también la primera en además de divertirse, reivindicar que existimos...como Teruel o el "Brújas de Bécquer".

Un saludo.
 

Caracol2

Miembro
Registro
28 Feb 2011
Mensajes
449
Me gusta
15
Acaban de publicar las alegaciones de FEVA (archivo "Alegación FEVA Plan Aire" de este menú):

http://www.feva.es/es/feva/33/descargas-e-informacion

Enlace directo al archivo:
http://www.feva.es//images/1362942862.pdf


Muchas gracias por la aportación.

Señores, o lo he leído mal o en esta ocasión FEVA también apuesta por los clásicos populares, creo que la labor de Pedro se ve reflejada en esta carta, otra cosa será que los políticos tengan en cuenta estas alegaciones... o las utilicen como papel en el wc.

Mi mas sincera enhorabuena, aunque realmente soy muuyy pesimista en cuanto a los resultados que se obtengan pues los políticos han tomado como cabeza de turco a nuestros vehículos que por lo visto son los culpables de todos los males pasados, presentes, y futuros de la humanidad.

Saludos.
 

Manolo Darth Russell

Miembro bien conocido
Registro
15 Sep 2004
Mensajes
7.118
Me gusta
134
Ubicación
Magerit
Si, no sé cuantas alegaciones habrán recibido, además de la de feva y particulares (yo las envié), pero también soy muuuuuuuy escéptico sobre que las lean siquiera y se las pasen por el arco del triunfo, a pesar de que el Menistro sea Arias Coñete, perdón, Cañete.

A pagar, que ya llevamos unos añitos acostumbrados, hasta que el estruje sea total.

¡¡ Los tengo un asco !!.
 

Pedro G

Miembro bien conocido
Registro
8 Abr 2003
Mensajes
1.107
Me gusta
31
Ubicación
MADRID
Muchas gracias Pedro por el tocho.

Entiendo que solo se salvaran de la quema en España los que tengan una matrícula histórica.
Me gustaría saber si en paises como Francia o Inglaterra (ya que los mencionas) la categoría "vehículo de colección" que aparece en su ficha técnica implica una matricula especial como aqui. Pues me dá en la nariz que no, que simplemente cuando cumplen la edad requerida pasan a ser vehículos de coleccion sin mas gastos que quizá solicitarlo por su propietario y no como aqui, que a decir verdad es un buen pellizco.

Por eso creo que además se debería luchar por simplificar y abaratar los trámites en este pais.

Un saludo.

En Francia, como en otros muchos lugares, la matrícula de un coche se asigna nueva cada vez que cambia de propietario o que se cambia de domicilio a otro Departamento, por lo que "el olor a antiguo" no está en las matrículas para nuestros vecinos del norte. La obtención de una Carta Gris de Colección, no implica cambio de matrícula, si ya la tenías antes de la incorporación de la placa europea hace un par de años, puedes seguir con la vieja, con o sin CGC, e incluso con la CGC puedes poner placa europea.

En Francia el trámite es algo lento, tres meses mínimo para que la FFVE emita el certificado de autenticidad, 50€ si llevas el coche a casa del inspector, y 60€ en la Prefectura o Subprefectura del Policía.

Salu2
 

Adjuntos

  • LOGO AVHVI_R1.JPG
    LOGO AVHVI_R1.JPG
    18,4 KB · Visitas: 0

Arriba